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El seguro de hogar es una compra importante para muchos propietarios, ya que proporciona tranquilidad y protección frente a imprevistos. Aunque la mayoría de las pólizas de seguro de hogar cubren sus bienes, la cobertura de responsabilidad civil ampliada puede proporcionarle protección adicional para su vida privada. Este tipo de cobertura puede ayudarle a protegerse de actos negligentes que podrían dar lugar a demandas u otras pérdidas económicas.

¿Qué es el seguro de responsabilidad civil ampliada?

Es un tipo de seguro que proporciona cobertura adicional más allá de los límites de responsabilidad civil estándar de su póliza de automóvil, como muerte y lesiones corporales causadas por un accidente. Proporciona protección adicional a los propietarios de viviendas más allá de su póliza de seguro de hogar tradicional. También puede cubrir los gastos de defensa jurídica y las sentencias dictadas contra terceros a causa de un accidente.

El seguro de responsabilidad civil ampliada es importante porque proporciona protección adicional contra las pérdidas financieras derivadas de un accidente. En caso de accidente, el seguro de responsabilidad civil ampliada puede ayudarle a cubrir las facturas médicas y otros gastos que de otro modo no podría permitirse sin esta cobertura.

Además, puede ayudarle a protegerse de los costosos honorarios legales asociados con la defensa en los tribunales si es demandado por daños relacionados con el accidente. En definitiva, un seguro de hogar con responsabilidad civil ampliada puede proporcionarle tranquilidad en caso de accidente y ayudarle a proteger su patrimonio a largo plazo.

Condenada la aseguradora a cubrir los daños causados por el perro de la pareja de hecho y conviviente del tomador del seguro

Una reciente sentencia judicial ha sentado un precedente jurídico en lo que respecta a la cobertura del seguro por daños relacionados con animales de compañía. El caso se centraba en un asegurado que tenía una pareja de hecho y conviviente con un perro. Cuando el perro causó daños materiales, la compañía de seguros se negó a cubrir el coste de las reparaciones.

Sin embargo, tras llevar el caso a los tribunales, el tomador del seguro de hogar consiguió que se cubrieran los daños causados por la mascota de su pareja. Esta decisión judicial demuestra que las compañías de seguros ya no pueden negarse a cubrir los daños causados por animales de compañía sólo porque el animal no pertenezca al propio tomador del seguro.

El caso comenzó cuando la pareja de hecho y concubina del tomador del seguro vivía con ellos en su casa y llevó consigo a su perro de compañía. Un día, mientras estaba desatendido, el perro causó daños en objetos personales y propiedades de la vivienda. El tomador del seguro presentó una reclamación a su proveedor para que cubriera esos gastos, pero se la denegaron debido a una cláusula de su contrato que excluía de la cobertura a los animales domésticos que no fueran de su propiedad.

Tras recibir otras dos denegaciones de diferentes aseguradoras, decidieron emprender acciones legales contra su aseguradora actual alegando que debían estar cubiertos por su póliza vigente independientemente de la propiedad del animal causante de los daños.

La compañía de seguros se negó a indemnizar las pérdidas, ya que el perro no pertenecía al tomador del seguro y éste no lo acompañaba cuando se produjo el incidente que requirió la indemnización. El can, que estaba siendo paseado por el padre de la pareja del asegurado, había atacado a otra mujer que paseaba a sus dos perros, causándole daños y provocando la muerte de uno de ellos.

Presentada denuncia por la persona agraviada, el propietario del perro agresor aportó la póliza del seguro de hogar de su pareja como compensación por los daños sufridos; sin embargo, la aseguradora se negó a ofrecer indemnización por los motivos mencionados. En un principio, los tribunales dieron la razón a la aseguradora, ya que no había pruebas de que el perro habitara en la vivienda cubierta por el seguro de hogar y su propietario no era beneficiario del mismo.

El tomador del seguro de hogar, su pareja y el cochecito llevaron su caso al Tribunal Supremo (TS), que falló a su favor. El TS determinó que la aseguradora no cuestionó la información ni negó que la póliza pagara los daños causados por perros en el interior de la vivienda; simplemente argumentó que el tomador no era el propietario o poseedor del animal y que, según los términos concretos de la póliza, sólo figuraba una persona como habitante habitual en la residencia.

En el juicio, los demandantes propusieron una prueba testifical que era esencial para demostrar su argumento; que la póliza del seguro de hogar no cubre el siniestro debido a que el perro no reside en su casa ni su dueño es la pareja del tomador del seguro. No obstante, fue desestimada.

Por otra parte, la acción directa del perjudicado queda fuera del ámbito de las exenciones que puedan corresponder a la aseguradora cuando se trata del asegurado; entre estas exenciones se encuentran las relativas a la concreción del riesgo y su potenciación, y, por tanto, las referidas al perro que habita en el domicilio asegurado aunque no haya sido declarado, así como a otra persona física residente en el mismo como es el propietario de dicha mascota -este punto es indiscutible-.

Nuestros profesionales están a su disposición para resolver cualquier tipo de duda que tenga respecto a las coberturas de su seguro y ejercer si fuera preciso las acciones que puedan corresponder en la defensa de sus derechos

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