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Los beneficios que conlleva poner a disposición de todos la información que gestiona y genera el sector público en formatos digitales, estandarizados y abiertos es innegable; no sólo desde un punto de vista de la mejora del servicio público a los ciudadanos, sino también como motor socioeconómico; un informe reciente de la entidad independiente McKenzie Global Institute estima que, la reutilización de los datos abiertos, generarán 13 billones de dólares de beneficio en los próximos cinco años (los estados del G-20).

En cuanto al ámbito legal TIC del Open Data, hay que hacer referencia, por una parte, a las limitaciones legales que protegen aquellos derechos fundamentales que pueden entrar en colisión (datos personales; secreto de la información; usuarios y consumidores; intimidad y honor; propiedad intelectual; …) y, por otro, a las mejoras que ha incorporado su uso, tanto desde un punto de vista de la transparencia de la gestión de las Administraciones públicas, como desde la regulación de la reutilización de la información del sector público mediante la Ley 37/2007 de transposición de la Directiva 2003/98 / CE.

Jordi Cugat
Consultor Legal
MITJANS ADVOCATS