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Con la aprobación del Libro VI culmina el proceso de codificación catalana.

El último 20 de febrero de este año, el consejero de Justicia presentó al Parlamento de Cataluña, el Libro VI del Código Civil de Cataluña que hace referencia a las obligaciones y contratos. Con esta aprobación se podrá completar el Código Civil de Cataluña, así como proporcionará un texto legal para facilitar la aplicación efectiva del Código Civil de Cataluña.

Este libro regula las obligaciones y contratos a partir de trabajos de Derecho Europeo más avanzados. Este libro regula por primera vez de forma completa el contrato de compraventa, que se considera uno de los contratos más utilizados de intercambio de bienes.

Otras novedades que incluye son las regulaciones de la compraventa de inmueble con pacto de financiación, dado más protección al comprador todo en si éste tiene necesidades de financiación.

Estas innovaciones siguen siendo compatibles con las figuras tradicionales del derecho civil catalán como la rescisión por lesión y la venta a carta de gracia, que provienen directamente de la tradición jurídica catalana y tienen plena vigencia.

Otras novedades serían por ejemplo la nueva figura del contrato de custodia de territorio, que tiene por finalidad la conservación de la biodiversidad, del patrimonio natural, del paisaje y la gestión sostenible de los recursos naturales.

Cabe decir que este libro se suma a los cinco libros que configuran el Código civil de Cataluña que son:
– Libro primero de disposiciones generales.
– Libro segundo sobre persona y familia.
– Libro tercero donde se regulan las personas jurídicas.
– Libro cuarto sucesiones.
– Libro quinto derechos reales.

Maria Puy
Abogada
MITJANS ADVOCATS