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¿Cuáles son las diferencias entre incapacidad y discapacidad?

En el ámbito de la Seguridad Social española, los términos incapacidad y discapacidad se refieren a situaciones distintas que, aunque pueden coexistir en una misma persona, poseen características y consecuencias legales y sociales diferentes.

 diferencias entre incapacidad y discapacidad

Definición de Discapacidad

La discapacidad se define como una limitación que afecta a una persona en su capacidad para realizar actividades cotidianas, ya sea por dificultades de carácter físico, psíquico o sensorial.

Este reconocimiento es otorgado por los servicios sociales de las comunidades autónomas o por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), y se expresa en forma de porcentaje. Para acceder a ciertos beneficios sociales y fiscales, es necesario acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Definición de Incapacidad

Por otro lado, la incapacidad se refiere a la situación en la que un trabajador, debido a una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma temporal o permanente. Este reconocimiento es competencia del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y se clasifica en diferentes grados:

  • Incapacidad Temporal: Impide al trabajador desempeñar su actividad laboral por un periodo limitado, durante el cual recibe asistencia sanitaria y una prestación económica.

  • Incapacidad Permanente Parcial: Supone una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para la profesión habitual, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma.

  • Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, aunque puede dedicarse a otra distinta.

  • Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio.

  • Gran Invalidez: Situación en la que el trabajador, además de estar inhabilitado para toda profesión, requiere la asistencia de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria.

Principales Diferencias entre Discapacidad e Incapacidad

  1. Ámbito de Aplicación:

    • Discapacidad: Abarca aspectos de la vida personal, social y laboral, afectando la integración y participación plena en la sociedad.
    • Incapacidad: Se centra exclusivamente en la capacidad laboral del individuo y su aptitud para desempeñar una actividad profesional.
  2. Organismo Competente:

    • Discapacidad: Evaluada y reconocida por los servicios sociales de las comunidades autónomas o el IMSERSO.
    • Incapacidad: Determinada por el INSS, que valora la capacidad laboral del trabajador.
  3. Medición y Grados:

    • Discapacidad: Se mide en porcentajes que reflejan el grado de limitación del individuo.
    • Incapacidad: Se clasifica en grados (parcial, total, absoluta y gran invalidez) según la afectación en la capacidad para trabajar.
  4. Beneficios y Prestaciones:

    • Discapacidad: El reconocimiento de un grado de discapacidad puede dar acceso a beneficios sociales, fiscales y laborales, como deducciones fiscales, plazas reservadas en oposiciones o ayudas técnicas.
    • Incapacidad: Conlleva el derecho a percibir una prestación económica o pensión, cuya cuantía y duración dependen del grado de incapacidad reconocido y de las cotizaciones previas del trabajador.
  5. Compatibilidad:

    • Una persona puede tener reconocida una discapacidad sin que ello implique una incapacidad laboral. Asimismo, es posible que un trabajador sea declarado en situación de incapacidad permanente y, a su vez, se le reconozca un grado de discapacidad. Sin embargo, cada reconocimiento tiene implicaciones y beneficios distintos.

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Relación entre Incapacidad y Discapacidad

Es importante destacar que, aunque son conceptos diferentes, en la práctica pueden estar relacionados. Por ejemplo, una persona con una incapacidad permanente total puede ser reconocida automáticamente con un0 grado de discapacidad del 33%, lo que le permite acceder a ciertos beneficios adicionales. No obstante, este reconocimiento automático no siempre implica el acceso a todas las ventajas que otorga un certificado de discapacidad emitido por los servicios sociales.

Conclusión

Comprender las diferencias entre incapacidad y discapacidad es esencial para acceder a los derechos y beneficios que corresponden en cada situación.

 Mientras la discapacidad abarca un espectro amplio de limitaciones que afectan la vida diaria y la integración social, la incapacidad se focaliza en la capacidad laboral y las prestaciones económicas derivadas de su pérdida o disminución.

Es recomendable que las personas que se encuentren en alguna de estas situaciones consulten con los organismos competentes o busquen asesoramiento especializado para conocer y ejercer plenamente sus derechos.

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Preguntas frecuentes (FAQ’s)

1. Si tengo una discapacidad reconocida del 33% o más, ¿puedo solicitar una incapacidad laboral?

No necesariamente. El reconocimiento de una discapacidad del 33% o superior no implica automáticamente que una persona tenga derecho a una incapacidad laboral. Para obtener una incapacidad, es necesario que la enfermedad o limitación afecte directamente a la capacidad para desempeñar un trabajo y que el INSS la reconozca tras un proceso de evaluación médica y administrativa.

2. ¿Puedo recibir una pensión por incapacidad y a la vez beneficiarme de las ayudas para personas con discapacidad?

Sí, es posible. Si tienes una incapacidad permanente reconocida, puedes recibir una pensión correspondiente. Al mismo tiempo, si también te han concedido un grado de discapacidad del 33% o más, puedes acceder a beneficios adicionales como descuentos en transporte, ventajas fiscales o acceso a empleo protegido.

3. ¿Puede una persona con incapacidad permanente seguir trabajando?

Depende del grado de incapacidad:

  • Incapacidad Permanente Parcial: Permite seguir trabajando en la misma profesión.
  • Incapacidad Permanente Total: Impide trabajar en la profesión habitual, pero se puede ejercer otra actividad diferente.
  • Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez: En principio, no permiten realizar ninguna actividad laboral, aunque hay excepciones en casos muy concretos.

4. Si mejoro mi estado de salud, ¿pueden retirarme la incapacidad o la discapacidad?

Sí. Tanto la incapacidad como la discapacidad pueden ser revisadas periódicamente. Si la condición médica mejora y permite recuperar la capacidad laboral o reducir la limitación funcional, los organismos competentes pueden modificar o retirar el reconocimiento. En el caso de la incapacidad, el INSS revisa estas situaciones cada cierto tiempo o a solicitud del propio afectado.

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