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1.Casarse por lo civil en Barcelona, España

¿Están pensando en casarse por lo civil en Barcelona? Si es así, queremos contaros que hay algunos requisitos y documentos que debéis cumplir y presentar para formalizar vuestra unión. Aquí os explicamos todo lo que necesitáis saber sobre los papeles necesarios para casaros civilmente en Barcelona y los pasos que debéis seguir para solicitar y celebrar vuestra boda.

Lo primero que debéis hacer es iniciar el trámite de matrimonio en el Registro Civil de Barcelona. Es en este lugar donde verificarán que cumplís con las condiciones legales para casaros. Para ello, necesitáis pedir una cita previa y acudir junto con vuestra pareja y dos  testigos mayores de edad que os conozca, pueden ser familiares o amigos.

2.Requisitos generales para casarse por lo civil

Además, existen algunos requisitos generales que debéis cumplir para casaros en Barcelona, y son los mismos en todo el país:

  • Ser mayores de edad o tener al menos 16 años con el consentimiento de los padres o tutores.
  • No estar casados ni haberse divorciado legalmente de otra persona.
  • No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad con la persona con la que deseáis casaros.
  • No estar incapacitados judicialmente para contraer matrimonio.

Para iniciar el trámite matrimonial, debéis presentar los siguientes documentos:

  • Un formulario de solicitud de matrimonio civil y capacidad matrimonial, el cual debéis completar y firmar vosotros. Podéis obtenerlo aquí o en el Registro Civil.
  • Una copia y el original de vuestro DNI, NIE o pasaporte, así como los de vuestra pareja.
  • Un certificado de empadronamiento vigente de cada uno (con validez de 3 meses) que demuestre vuestra residencia en los últimos dos años. Podéis obtenerlo en los ayuntamientos donde hayáis vivido en ese período. Si habéis vivido fuera de España, necesitaréis un certificado equivalente emitido por el consulado o la autoridad competente del país en el que hayáis residido.
  • Una copia y el original del libro de familia si tenéis hijos en común con vuestra pareja.
  • Un certificado literal de nacimiento vigente de cada uno (con validez de 6 meses). Podéis solicitarlo en el Registro Civil de vuestro lugar de nacimiento.

3.¿Qué hago si mi pareja es extranjera?

Si vuestra pareja es extranjera, también deberá presentar:

  • Un certificado de estado civil o capacidad matrimonial que certifique su estado civil en el momento de casarse o anterior al matrimonio. Este certificado debe ser emitido por el consulado, la embajada o la autoridad competente de su país de origen (con validez de 6 meses).
  • Si sois ciudadanos de ciertos países como Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, Portugal, Suiza, entre otros, deberéis presentar un certificado de capacidad matrimonial o un certificado de la imposibilidad de expedición, emitido por vuestro país de origen. Es recomendable consultar con vuestro consulado o la autoridad nacional correspondiente si necesitáis este certificado.

4.Régimen económico matrimoniales principales en Barcelona

Antes de casaros, es importante considerar el régimen económico matrimonial que regirá la relación financiera de la pareja. En Barcelona, se aplican dos regímenes principales: separación de bienes y sociedad de gananciales. Cada régimen tiene sus propias implicaciones legales y financieras. Es recomendable buscar asesoramiento legal para elegir el régimen más adecuado a vuestras circunstancias y deseos.

Recordad que esta información puede cambiar, por lo que es recomendable consultar fuentes oficiales, como el Registro Civil. La asesoría legal es esencial al casaros civilmente en España para asegurarse de cumplir con los requisitos legales, evitar problemas futuros, elegir el régimen económico matrimonial adecuado y proteger vuestros derechos. Mitjans Advocats es una buena opción para recibir asesoramiento.

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