Cuando se trata de un accidentes, hay muchos factores que pueden contribuir a que se produzca el accidente de tráfico. Estos incluyen las condiciones climáticas, el diseño de la carretera, el mantenimiento del vehículo, el comportamiento del conductor, y más. Es importante entender que varias partes pueden compartir la responsabilidad de un accidente, por lo que determinar quién tuvo la culpa puede ser difícil. En términos generales, la negligencia por parte de una o más partes a menudo juega un papel en los accidentes de tráfico – lo que significa que alguien no estaba teniendo cuidado razonable al operar su vehículo o de otra manera contribuyó al incidente.
Para poder emprender acciones legales tras un accidente de tráfico, la parte responsable debe ser identificada y responsabilizada de sus actos. Este proceso normalmente implica trabajar con agentes de la ley, así como con profesionales del derecho que tienen experiencia en la evaluación de escenas de accidentes y en la determinación de la negligencia. Una vez que se ha determinado la culpabilidad a través de este proceso, los particulares pueden solicitar una indemnización adecuada a los responsables de los daños causados por el accidente de tráfico.
Solo la culpa exclusiva del perjudicado del accidente de tráfico exonera de responsabilidad civil al conductor del otro vehículo y su a compañía aseguradora
En caso de accidente de automóvil, sólo la culpa exclusiva del perjudicado exonera de responsabilidad civil al conductor del otro vehículo y a su compañía de seguros. Esto significa que si se puede demostrar, más allá de toda duda razonable, que el perjudicado es el único culpable de sus lesiones, no podrá solicitar indemnización por daños y perjuicios de ninguna otra fuente. Sin embargo, esto no significa que la parte lesionada no pueda reclamar una indemnización si existen factores que han contribuido a que el otro vehículo fuera responsable; en tales casos, la responsabilidad puede ser compartida entre ambas partes implicadas.
Sea cual sea la situación, lo normal es que la aseguradora de cualquiera de las partes abone la indemnización que solicite cualquiera de ellas. En última instancia, sólo si se puede confirmar más allá de toda duda que la parte perjudicada del accidente de tráfico es totalmente responsable, no podrá pedir daños ni remuneración.
El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia en apoyo del motorista al que se le había denegado la indemnización por las lesiones sufridas en un accidente ocurrido cuando la moto en la que viajaba chocó contra un coche que acababa de cruzar la calzada.
El motorista emprendió acciones legales contra la aseguradora de dicho vehículo, que se negó a pagarle, alegando que el accidente de tráfico se trataba únicamente de un error suyo.
Los tribunales dieron la razón a la aseguradora, apoyándose en el atestado de la Guardia Civil que apuntaba como origen del accidente de tráfico a la velocidad inadecuada del motorista para el tipo de carretera, en un tramo en curva y con una conducción poco atenta.
El motorista se sintió agraviado por esta evaluación y presentó un recurso ante el Tribunal Supremo (TS). En su recurso argumentaba que, mientras conducía por la carretera principal, no había afirmado adecuadamente si era seguro pasar; en consecuencia, no podía concluirse que él fuera el único responsable del accidente de tráfico. Por ello, consideraba que su pretensión indemnizatoria debía ser total o parcialmente reconocida en función de si ambos conductores eran considerados responsables.
Para el TS, ante un siniestro acaecido en una intersección de vías, en la que el motociclista circulaba por la carretera preferente, mientras que el vehículo asegurado accedía por una vía secundaria, en la que, además, había una señal de stop regulando el cruce, parece evidente que el conductor del turismo crea una situación objetiva de peligro, pues lo más prudente hubiera sido, al ver al motorista, dejarlo pasar, lo que solo supondrían unos escasos segundos, y no apurar la introducción en dicha vía.
De este modo, no solo descarta la culpa exclusiva del motorista, sino que considera al conductor del turismo como único culpable del accidente de tráfico. Concluye que es en casos como este cuando, dice literalmente el TS, «la socialización del daño adquiere auténtica carta de naturaleza, para atender a la finalidad pretendida de resarcir los daños causados por esos instrumentos del progreso, como son los vehículos de motor, que constituyen una fuente indiscutible de riesgos, a través del aseguramiento obligatorio bajo un régimen de imputación por riesgo».
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