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Carta de invitación para entrar a España – Guía Completa

carta de invitación

La carta de invitación es uno de los documentos esenciales que se requieren para visitar España como turista o para una estancia corta. Es especialmente necesaria si un extranjero planea hospedarse en la casa de un residente español en lugar de alojarse en un hotel.

En este artículo te explicamos en detalle qué es, quién la necesita, cómo solicitarla, cuánto cuesta y todos los requisitos para gestionarla.


¿Qué es la carta de invitación?

La carta de invitación es un documento oficial emitido por las autoridades españolas que demuestra que un ciudadano o residente legal en España invita a un extranjero a quedarse en su vivienda durante su estancia en el país. Es un requisito frecuente para aquellos que vienen de países que no forman parte del espacio Schengen o que necesitan visado para ingresar.

Este documento tiene como objetivo garantizar que el invitado tiene un lugar de alojamiento durante su visita y que cumple con los requisitos legales para entrar y permanecer temporalmente en el país.

carta de invitación


¿Quién necesita una carta de invitación?

La carta de invitación es necesaria para ciudadanos de países que requieren visado para entrar a España o que no puedan justificar su alojamiento mediante una reserva en un hotel u otro tipo de hospedaje formal. Algunos de los países cuyos ciudadanos suelen necesitarla son:

  • Países de América Latina como Bolivia, Cuba, República Dominicana o Ecuador.
  • Países africanos como Marruecos, Senegal o Nigeria.
  • Otros países de fuera de la Unión Europea.

Si estás planeando alojar a un familiar, amigo o conocido en tu casa en España, este documento será indispensable para que puedan justificar su estancia ante las autoridades de inmigración.


Requisitos para solicitar la carta de invitación

El proceso de solicitud de una carta de invitación debe ser iniciado por el anfitrión (quien reside legalmente en España). Estos son los requisitos fundamentales:

Para el anfitrión:

  1. Residencia legal en España: Ser ciudadano español o residente con permiso de residencia válido.
  2. DNI o NIE en vigor: Deberás presentar tu documento nacional de identidad (DNI) o tu número de identificación de extranjero (NIE).
  3. Documento que acredite la propiedad o el alquiler de la vivienda:
    • Escritura de propiedad si eres dueño de la vivienda.
    • Contrato de alquiler si resides como arrendatario.
  4. Recibo de servicios o empadronamiento: Para demostrar que resides efectivamente en la dirección declarada.
  5. Formulario de solicitud: Este documento se entrega en la Comisaría de Policía al iniciar la solicitud.

Para el invitado:

  1. Datos personales completos: Nombre, apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad y número de pasaporte.
  2. Duración de la estancia: Indicar las fechas previstas de entrada y salida de España.
  3. Relación con el anfitrión: Detallar si son familiares, amigos o conocidos.

¿Dónde se solicita la carta de invitación?

La carta de invitación se solicita en la Comisaría de Policía correspondiente a la localidad donde reside el anfitrión. No se tramita en consulados ni en oficinas de extranjería.

Es importante acudir con cita previa, ya que, en la mayoría de las comisarías, este trámite no se realiza sin ella. La cita puede pedirse a través del portal de la Policía Nacional o presencialmente.


Proceso para solicitar la carta de invitación

Paso 1: Recopilación de documentos

El anfitrión debe reunir todos los documentos necesarios, incluidos su DNI o NIE, comprobantes de residencia, escritura o contrato de alquiler, y los datos del invitado.

Paso 2: Presentar la solicitud

Una vez reunidos los documentos, el anfitrión debe acudir a la Comisaría de Policía de su localidad para presentar la solicitud. Allí deberá rellenar un formulario y entregar los documentos requeridos.

Paso 3: Pago de la tasa administrativa

La expedición de la carta de invitación conlleva el pago de una tasa administrativa que, al momento de escribir este artículo, es de aproximadamente 74,31 euros. Este monto puede variar, por lo que se recomienda confirmarlo directamente con la Comisaría.

El pago debe realizarse en una entidad bancaria con el modelo oficial 790, que se entrega al inicio del trámite.

Paso 4: Verificación de la información

Las autoridades revisarán que toda la información proporcionada sea correcta y que el anfitrión cumple con los requisitos para emitir la carta. En algunos casos, puede ser necesario que la Policía realice una inspección para confirmar que la vivienda es adecuada para hospedar al invitado.

Paso 5: Recepción de la carta de invitación

Una vez aprobada, el anfitrión recibirá la carta de invitación en formato oficial. Este documento deberá ser enviado al invitado para que lo incluya en su solicitud de visado o lo presente en el control migratorio al entrar a España.


¿Cuánto tiempo tarda el trámite?

El tiempo de gestión varía según la localidad y la carga administrativa de la Comisaría, pero generalmente puede tardar entre 15 y 30 días hábiles. En casos excepcionales, el plazo podría extenderse.


¿Qué sucede si no se presenta la carta de invitación?

Si el invitado no lleva la carta de invitación al momento de su ingreso a España, puede ser inadmitido en la frontera. En estos casos, las autoridades migratorias suelen solicitar:

  • Una reserva de hotel como alternativa.
  • Comprobantes financieros que demuestren que puede costear su estancia.
  • Un billete de vuelta a su país de origen.

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Consejos para completar el trámite sin problemas

  1. Planifica con anticipación: Solicita la carta de invitación con suficiente antelación para evitar retrasos.
  2. Entrega información precisa: Asegúrate de que todos los datos del invitado estén correctos.
  3. Conserva copias: Tanto el anfitrión como el invitado deben guardar copias de la carta y de los documentos presentados.
  4. Consulta las actualizaciones: Las normativas pueden cambiar, por lo que es importante confirmar los requisitos actualizados en la página oficial de la Policía Nacional.

Preguntas frecuentes (FAQ’s)

1. ¿Puedo invitar a más de una persona?

Sí, es posible incluir a más de un invitado en la misma solicitud, siempre que se puedan justificar las condiciones de alojamiento para todos.

2. ¿La carta de invitación garantiza la entrada a España?

No. La carta es un requisito, pero el ingreso al país siempre queda sujeto a la decisión de las autoridades de control migratorio.

3. ¿Qué pasa si el invitado no utiliza la carta?

En caso de que el invitado no llegue a España, el anfitrión no tiene ninguna obligación adicional. Sin embargo, debe conservar los comprobantes para justificar el uso legítimo del documento.

4. ¿Cuánto tiempo puede permanecer el invitado en España con la carta de invitación?

La carta de invitación no determina la duración de la estancia en España, ya que este límite depende del tipo de visado o del permiso otorgado al ingresar al país. Por lo general, la estancia máxima para turistas es de 90 días en un período de 180 días, siempre que el visitante cumpla con las condiciones de su entrada.

5. ¿Qué ocurre si el invitado se queda más tiempo del permitido?

Si el invitado permanece en España más allá del tiempo autorizado, estará en situación irregular. Esto puede derivar en sanciones administrativas, como multas, órdenes de expulsión o restricciones para futuras solicitudes de visado.

6. ¿Se puede modificar la información de la carta de invitación una vez emitida?

No, una vez emitida, la carta de invitación no puede modificarse. Si es necesario realizar algún cambio (como fechas de estancia o información personal del invitado), el anfitrión deberá iniciar una nueva solicitud y volver a pagar las tasas administrativas correspondientes.

7. ¿Qué alternativas existen si no se puede tramitar la carta de invitación?

Si el anfitrión no puede gestionar la carta de invitación, el invitado puede justificar su estancia mediante:

  • Una reserva de alojamiento en un hotel.
  • Una carta de reserva de un Airbnb u otro servicio de hospedaje.
  • Documentos que acrediten un viaje organizado (por ejemplo, itinerarios de agencias de turismo).
    Es fundamental que estos documentos estén debidamente confirmados para evitar problemas en el control migratorio.

Para consultas puedes comunicarte con MITJANS ADVOCATS en: info@ms-advocats.com.

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