{"id":6944,"date":"2023-01-04T11:13:39","date_gmt":"2023-01-04T09:13:39","guid":{"rendered":"https:\/\/ms-advocats.com\/nueva-ley-para-procesos-concursales-por-los-icos-2\/"},"modified":"2023-01-20T11:18:25","modified_gmt":"2023-01-20T09:18:25","slug":"nueva-ley-para-procesos-concursales-por-los-icos-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/nueva-ley-para-procesos-concursales-por-los-icos-2\/","title":{"rendered":"Nueva ley para procesos concursales por los ICOs"},"content":{"rendered":"<h2>El Gobierno cambia la ley para agilizar los procesos concursales y evitar atascos por los ICOs<\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li>Exonera a la banca de pedir permiso a Hacienda para extensiones de plazos ya previstas en las l\u00edneas del organismo<\/li>\n<li>Capacita al Abogado del Estado para que defienda los intereses del ICO en los planes de reestructuraci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Gobierno ha modificado por sorpresa la reciente ley concursal para aclarar algunas dudas e incongruencias vinculadas a los cr\u00e9ditos avalados por el ICO que amenazaban con atascar los procesos y poner, incluso, en riesgo a las empresas, en contra del esp\u00edritu de la normativa que busca, precisamente, agilizar los tr\u00e1mites para dar mayor viabilidad a las compa\u00f1\u00edas.<\/p>\n<p>Entre los principales cambios figura que no se requerir\u00e1 permiso de Hacienda si la soluci\u00f3n con la financiaci\u00f3n avalada est\u00e1 dentro de los supuestos de alivio ya previstos en las propias l\u00edneas Covid-19 del ICO (ampliar a 8 o 10 a\u00f1os su plazo m\u00e1ximo o establecer carencias de hasta dos a\u00f1os) y adem\u00e1s capacita al Abogado del Estado para que defienda los intereses del organismo en los procesos, algo que estaba sin definir.<\/p>\n<p>La &#8220;principal modificaci\u00f3n&#8221;, seg\u00fan el socio bancario y financiero de Squire Patton Boggs, Manuel Mingot, es que prescinde de la autorizaci\u00f3n previa de la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) que exig\u00eda la propia ley &#8220;para la votaci\u00f3n favorable de planes de restructuraci\u00f3n de deuda que incluyan financiaci\u00f3n ICO Covid-19 cuando las modificaciones propuestas cumplan los requisitos de elegibilidad de los convenios marco con las entidades financieras y no supongan la extensi\u00f3n del plazo de vencimiento de la operaci\u00f3n avalada por encima de los 8 a\u00f1os o 10 a\u00f1os de vencimiento desde la fecha de concesi\u00f3n inicial del pr\u00e9stamo&#8221;.<\/p>\n<p>Hasta ahora s\u00ed se exig\u00eda y supon\u00eda en s\u00ed una paradoja, ya que la banca puede aplicar esos alivios directamente si lo solicita la empresa y, sin embargo, se precisaba el visado de Hacienda para aplicar la misma receta si ocurre dentro de un proceso concursal.<\/p>\n<p>La medida &#8220;va a desatascar un poco la aprobaci\u00f3n de los expedientes de reestructuraci\u00f3n de deuda m\u00e1s claros. La necesidad de autorizaci\u00f3n previa dilataba much\u00edsimo el procedimiento de reestructuraci\u00f3n de deuda en la medida en que hay un canal que todav\u00eda no est\u00e1 funcionando de autorizaciones singulares por parte la Agencia Estatal Tributaria&#8221;, agreg\u00f3, matizando que cualquier soluci\u00f3n diferente seguir\u00e1 exigiendo el permiso previo Hacienda (es decir, para extender los plazos m\u00e1s all\u00e1 de esos 8-10 a\u00f1os, fijar carencias superiores a los dos a\u00f1os y cualquier otra f\u00f3rmula de reestructuraci\u00f3n como podr\u00edan ser establecer quitas, pignorar la deuda, fijar conversiones a equity, etc).<\/p>\n<p>Los cambios introducidos por el Gobierno llegan apenas tres meses despu\u00e9s de que la reforma concursal entrase en vigor el 26 de septiembre y los hace aprovechando el macropaquete de medidas de apoyo en la crisis provocada por la guerra en Ucrania acordado en el pasado Consejo de Ministros. La misma banca hab\u00eda solicitado al ICO y al ministerio aclarar las lagunas de la ley cuando media un aval del organismo, instando, incluso, que establezca un protocolo sobre c\u00f3mo solicitar los permisos a Hacienda, en qu\u00e9 ventanilla, en qu\u00e9 momento del proceso o, incluso, con qu\u00e9 documentos.<\/p>\n<p>Fuentes financieras y jur\u00eddicas valoran el cambio, pero descartan que vaya a solucionar el problema que entra\u00f1a la deuda avalada por el ICO ya que los tr\u00e1mites y permisos que s\u00ed habr\u00e1 que resolver con Hacienda abocan a procesos tediosos y largos por culpa de la lentitud con que los gestiona el departamento. Un tiempo que, seg\u00fan denuncian, podr\u00eda limitar las posibilidades de supervivencia de empresas que ya arrastran graves problemas.<\/p>\n<p>El articulado referido al tratamiento de los avales del ICO contenido en la reforma concursal, en su disposici\u00f3n adicional octava, &#8220;hab\u00eda dado lugar a ciertas dudas sobre quien deb\u00eda votar en caso de que se propusiera un convenio de acreedores y si, en su caso, deb\u00eda contarse con la autorizaci\u00f3n previa de la Agencia Estatal de la Administraci\u00f3n Tributaria para no perjudicar el aval&#8221;.<\/p>\n<p>La confusi\u00f3n se deriva de que, de un lado, establec\u00eda la subrogaci\u00f3n del Ministerio de Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital por la parte del principal avalado y &#8220;se contradec\u00eda&#8221;, por otro lado, al se\u00f1alar que, &#8220;con independencia de esa subrogaci\u00f3n, la entidad de cr\u00e9dito seguir\u00e1 en todo caso representando el conjunto de los cr\u00e9ditos derivados de la operaci\u00f3n financiera, incluyendo la parte del principal subrogado, en los t\u00e9rminos previstos en el apartado anterior&#8221;.<\/p>\n<p>La nueva redacci\u00f3n resuelve el problema, al exponer que en los planes de reestructuraci\u00f3n el derecho de voto corresponder\u00e1 a la entidad financiera titular del cr\u00e9dito principal avalado, pero lo emitir\u00e1 de forma separada por la parte del cr\u00e9dito avalado y el no avalado. Estas medidas deben ser, inicialmente, valoradas positivamente, en la medida en que deber\u00edan permitir facilitar las reestructuraciones y la aprobaci\u00f3n de los convenios o planes de continuaci\u00f3n en los procedimientos especiales, tal y como se indica en la Exposici\u00f3n de Motivos del Real Decreto-ley 20\/2022.<\/p>\n<p>Entendemos que lo \u00fanico positivo es que se aclara que las entidades financieras tienen libertad de voto por la parte del pr\u00e9stamo ICO no avalada. Entendemos que la reforma no soluciona el problema de la necesidad de autorizaci\u00f3n previa por parte de la AEAT para votar favorablemente los planes de reestructuraci\u00f3n. Se limita a decir que las entidades financieras deber\u00e1n presentar a la AEAT un informe motivado que justifique el voto favorable, pero sin establecer un procedimiento o protocolo concreto.<\/p>\n<p>Por otro lado, se apunta que se le da un papel m\u00e1s relevante en el procedimiento a la Abogac\u00eda del Estado, que podr\u00e1 asumir la representaci\u00f3n y defensa de los pr\u00e9stamos ICO cuando pueda haber conflicto de intereses con la entidad financiera titular del pr\u00e9stamo o lo considere oportuno el Ministerio de Asuntos Econ\u00f3micos&#8221;.<\/p>\n<p>Los cambios deber\u00edan poner fin a la inc\u00f3moda situaci\u00f3n para la banca de no poder actuar, votar o decidir por miedo a perder el aval del ICO, que protege entre un 70 y 80% del riesgo contra\u00eddo en esas financiaciones, aunque tengan deudas al margen o muy superiores y que supon\u00eda un freno a los procesos. Pero, a pesar del nuevo redactado, desde la propia banca y otros expertos advierten de la existencia de importantes lagunas sin resolver como la duda de si cabe imponer reestructuraciones a cr\u00e9ditos avalados cuando han sido aprobados por una mayor\u00eda de acreedores por el efecto arrastre, algo que incorpora como esta reforma para evitar que se bloqueen los procesos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/noticies\/\"><em>Consulta todas nuestras noticias<\/em><\/a><\/p>\n<p>Visitanos en <a href=\"https:\/\/www.instagram.com\/mitjansadvocats\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Instagram<\/a> \/ <a href=\"https:\/\/twitter.com\/MitjansAdvocats\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Twitter<\/a> \/ <a href=\"https:\/\/www.linkedin.com\/company\/mitjansadvocats\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">LinkedIn<\/a> \/ <a href=\"https:\/\/www.facebook.com\/mitjansadvocats\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Facebook<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno cambia la ley para agilizar los procesos concursales y evitar atascos por los ICOs &nbsp; Exonera a la banca de pedir permiso a Hacienda para extensiones de plazos ya previstas en las l\u00edneas del organismo Capacita al Abogado del Estado para que defienda los intereses del ICO en los planes de reestructuraci\u00f3n El [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":6496,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[1,86],"tags":[],"class_list":["post-6944","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-general","category-laboral-ca"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6944","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6944"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6944\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6949,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6944\/revisions\/6949"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media\/6496"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6944"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6944"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ms-advocats.com\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6944"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}