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Una nueva sentencia del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad parcial de un contrato con cláusulas multidivisas, en este caso comerciado por CaixaBank. Se trata de la quinta sentencia del Supremo en dar la razón al consumidor en este asunto. El Alto Tribunal resuelve que el contrato multidivisa en cuestión no cumplía los requisitos de transparencia desarrollados por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y por tanto declara su nulidad parcial y exige la actualización de la deuda en favor del consumidor.

La resolución, emitida el 17 de julio de 2019 y con ponente D. Pedro José Vela Torres, revoca la decisión tanto del juzgado como de la Audiencia Provincial, que desestimaron la declaración de nulidad de la cláusula solicitada por el demandante y otorgaron la razón a CaixaBank.

El fallo constata que no existió información necesaria para que el consumidor tuviese conocimiento sobre los riesgos y la naturaleza del producto. En síntesis, no se dejó claro que el capital pendiente podría sufrir cambios impredecibles atados a la posible venida de variaciones de las monedas de referencia elegidas (en este caso el yen) que podían provocar que la deuda se disparase, incluso habiendo ya pagado gran parte de la misma.

La sentencia revoca las cláusulas nulas y convierte el contrato en un préstamo concedido y amortizado en euros, negando la aplicación de la parte multidivisa del contrato.

El prestatario adquirió un crédito en 2007 por 301.398€. Sin embargo, en 2012, tras haber pagado al banco 136.489€ se encontró con que aún debía 365.843€.

La sentencia condena a recalcular el saldo en favor del deudor sin tener en cuenta el valor del yen, la divisa de referencia. Así, la cantidad adeudada será el saldo vivo referenciado a euros “resultante de disminuir al importe prestado la cantidad amortizada hasta la fecha, también en euros, en concepto de principal e intereses, y que el contrato debe subsistir sin los contenidos declarados nulos, entendiendo que el préstamo lo fue de 301.398,05 euros y que las amortizaciones deben realizarse también en euros”.

La jurisprudencia hasta el momento

Los juzgados han sido reticientes a dar la razón a las entidades bancarias cuando un cliente denunciaba la existencia de cláusulas abusivas en sus contratos multidivisas.

La presente resolución es la quinta del Supremo sobre el asunto en otorgar la razón a los consumidores. Las otras resoluciones fueron emitidas desde noviembre de 2017 en causas contra Barclays, Santander, Caixa Catalunya y Bankinter.

La única resolución por el momento a favor de una entidad bancaria y en contra de la pretensión del consumidor emitida por el Supremo es la sentencia de 30 de junio de 2015. En ella, el Supremo considera que el minorista contratante sí tenía la experiencia e información suficiente para conocer los riesgos inherentes al producto que contrataba al ser un cliente experimentado y con conocimientos del sector financiero.

Pero… ¿Qué es un préstamo multidivisa?

Los préstamos multidivisa son préstamos hipotecarios cuyas cuotas pueden ser valoradas en una moneda diferente a la local.

Se vincula el pago de las cuotas y los intereses del préstamo al valor de una moneda como los yenes o los francos suizos.

De esta forma, la variación de la moneda de referencia supondrá la variación del precio del préstamo. Así, el contratante puede tener la impresión de que pagará menos si se prevé un periodo de estabilidad económica a largo plazo. Sin embargo, el estallido de la crisis económica mundial con la caída de Lehman Brothers en 2008 provocó la debacle de muchas de estas divisas de referencia, junto con el perjuicio económico de los que se encontraron atados a un contrato multidivisa.

La cuestión esencial reside en saber si los bancos conocían de la venida de dicha situación antes de comerciar este tipo de contratos y si, en caso afirmativo, se informaron en consecuencia de los riesgos a los consumidores.

En cualquier caso, desde nuestro despacho, entendemos que hay que tener una caución especial en todas las hipotecas que están tramitadas con multidivisa, pues lo que , inicialmente, parecía un buen negocio, se tornó en una experiencia especialmente lamentable y triste para muchas familias que, lejos de reducir su deuda con el banco, increíblemente ascendía la misma año tras año.